Una magistrada de CABA señaló que aplicar la nueva edad de punibilidad en este caso implica una regresión en materia de derechos. En Tucumán la norma se aplica con total normalidad.

El Régimen Penal Juvenil continúa generando planteos judiciales y polémicas. Por segunda vez en menos de tres semanas, una jueza cuestionó la aplicación de la nueva ley. En este caso, la magistrada declaró inconstitucional la aplicación de la baja de la edad de punibilidad de 16 a 14 años para un caso concreto. Lo resuelto, por ahora, no generará ningún inconveniente en Tucumán, donde sólo se procesó a un menor de 15 años desde que entró en vigencia la norma.

El 10 de septiembre, cinco días después de que entrara en vigencia la norma, un adolescente de 14 años fue detenido después de que un grupo de jóvenes intentara robarle el celular a un hombre de 47 años en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Según consta en la causa, uno de ellos le exigió que entregara sus pertenencias, pero el intento fracasó porque la víctima logró escapar y pidió ayuda a un policía.

El Régimen Penal Juvenil establece que los adolescentes de entre 14 y 18 años pueden ser responsabilizados por los delitos tipificados en el Código Penal y en leyes penales especiales, a diferencia del régimen anterior, que establecía la punibilidad desde los 16 años y contemplaba otras restricciones según la pena prevista para el delito. Por esa razón, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se lo acuse de tentativa de robo. La Defensa Oficial se opuso a la imputación y planteó la inconstitucionalidad de la aplicación del artículo 1 de la nueva ley para el adolescente. La jueza Laura Beatriz De Marinis le dio la razón y sobreseyó al adolescente.

Los argumentos

La magistrada, según explicó en su fallo, planteó la necesidad de priorizar una respuesta estatal de protección social antes que el castigo penal cuando se trata de menores cuyas trayectorias vitales estuvieron marcadas por la vulneración de derechos básicos.

“Como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos”, sostuvo la magistrada al desarrollar su argumento sobre la responsabilidad del mundo adulto frente a situaciones de desamparo durante la infancia.

De Marinis también aclaró que su posición no implicaba minimizar las infracciones cometidas por adolescentes y sostuvo que el ingreso al sistema penal debe constituir el último recurso.

La jueza consideró que, para este caso concreto, la aplicación del artículo 1 de la Ley 27.801 resultaba regresiva porque, antes de la entrada en vigencia de la nueva norma, un adolescente de 14 años en esas circunstancias no era perseguido penalmente y recibía intervención del sistema de protección integral.

La resolución será apelada. Fuentes de la Justicia porteña anticiparon que, por la línea jurisprudencial que viene manteniendo la Cámara del fuero, consideran muy probable que el fallo sea revocado. Si la controversia continuara después de la intervención de las instancias superiores, la discusión podría llegar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Una eventual decisión del máximo tribunal sobre la cuestión constitucional podría tener un alcance mucho mayor.

Reacciones inmediatas

Las reacciones no tardaron en aparecer después de que se hiciera público el caso. Jorge Macri, jefe de Gobierno porteño, no sólo rechazó el fallo, sino que anticipó que pedirá el juicio político de la magistrada. El funcionario cuestionó públicamente a los jueces que identifica con el garantismo y sostuvo que decisiones de este tipo favorecen a quienes cometen delitos.

El jefe de Gobierno porteño afirmó además que la sentencia estaba “manchada con sangre” y anunció que instruyó a su ministro de Justicia para avanzar con el pedido de juicio político. También sostuvo que su posición busca defender a las víctimas y a los habitantes de la Ciudad.

Por su parte, Patricia Bullrich, ex ministra de Seguridad de la Nación, actual senadora de La Libertad Avanza y una de las principales impulsoras de esta norma, también cuestionó duramente a la jueza De Marinis. La legisladora sostuvo que existen magistrados más preocupados por quienes delinquen que por las víctimas y afirmó que ese tipo de decisiones, a su entender, genera impunidad.

El segundo planteo

Este es el segundo planteo judicial que se registra contra la aplicación de la norma. Semanas atrás, la jueza Marta Elba Pascual había dictado una medida cautelar para suspender la aplicación del Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires, por considerar que no estaban dadas las condiciones para que entrara en vigencia.

Había tomado esa decisión luego de que el sacerdote José María Di Paola, titular de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo, presentara un habeas corpus colectivo para frenar la aplicación de la norma. El también conocido como Padre Pepe tiene un fuerte vínculo con el Ministerio Público Fiscal de Tucumán, ya que lo acompaña en tareas vinculadas con la recuperación de adictos.

La jueza Pascual había puesto el foco en la capacidad e infraestructura de la provincia de Buenos Aires para afrontar el cambio en la normativa que aprobó el Congreso hace más de seis meses. Sin embargo, a los pocos días, una Cámara de Apelaciones revocó la medida cautelar al considerar que implicaba una intromisión en las facultades de otro poder del Estado y que no correspondía suspender la aplicación general de una ley mediante una cautelar.

Qué pasa en Tucumán

En nuestra provincia el Régimen Penal Juvenil se está aplicando normalmente desde que entró en vigencia. Fuentes judiciales confirmaron que fueron seis los que adolescentes fueron procesados bajo la nueva norma. Dos de ellos se registraron en el último turno. El caso más conocido es el del adolescente de 17 años que está acusado de haber intentado matar a su pareja en Lastenia. El otro corresponde a un chico de 15 años que fue imputado por tentativa de hurto.

Además, representantes de los tres poderes del Estado siguen reuniéndose para que la norma se aplique sin problemas en la provincia. En la próxima sesión legislativa, según confirmaron varias fuentes, se sancionarán normas para adecuar el Código Procesal Penal de la provincia al nuevo régimen y evitar inconvenientes en su implementación.

Profesionales del derecho opinaron sobre el fallo

“Son planteos y resoluciones esperables; no me sorprenden. El problema es que hay dos maneras de pensar la política criminal. Una orientada a la ‘tribuna’, basada en endurecer leyes y comunicar una supuesta victoria contra la delincuencia; y otra muy seria, que exige diagnóstico, evidencia, prevención y coordinación entre los distintos poderes del Estado”, sostuvo el penalista Patricio Char, al opinar sobre el fallo de la jueza Laura De Marinis. “Esta última requiere consensos y decisiones que muchas veces no son populares ni generan rédito político inmediato. En Argentina, demasiadas veces la política en general termina condicionada por la agenda mediática, por ejemplo un TikTok viral puede pesar más que la realidad de la calle”, finalizó.


Laura De Marinis

Laura De Marinis

“Estoy a favor del fallo de la jueza. Bajar la edad de imputabilidad es inconstitucional e inconvencional. Esta reforma viola el principio de no regresividad: la Constitución y los tratados internacionales prohíben recortar las garantías ya conquistadas para la niñez y las adolescencias”, comentó la abogada Candelaria Hernández. “Las pibas y los pibes tienen derechos que el Estado debe proteger, no son el blanco para tapar la falta de políticas públicas. La cárcel no reeduca ni previene el delito; solo reproduce violencia, exclusión y estigma sobre las juventudes más vulneradas”, agregó.

“La reducción de la edad mínima de responsabilidad penal a los 14 años no resulta, por sí misma, inconstitucional. Se trata de una decisión de política criminal adoptada por el legislador nacional y no existe un derecho adquirido respecto a la inmutabilidad de un determinado régimen de punibilidad, por lo que no estoy de acuerdo con el fallo en cuestión respecto de la regresividad”, destacó Gonzalo Ascárate. “La nueva ley permite que, desde los 14 años, un adolescente pueda responder penalmente por cualquier hecho tipificado como delito, aunque bajo un sistema especial y diferenciado. El verdadero desafío es institucional: la respuesta frente al delito juvenil no puede agotarse en lo penal, sino que necesariamente debe ser integral e interdisciplinaria, con intervención educativa, familiar, sanitaria y social orientada a la reinserción”, concluyó.

https://www.lagaceta.com.ar/nota/1155122/seguridad/planteo-inconstitucionalidad-pone-jaque-al-regimen-penal-juvenil.html